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Reglamento 260/2012“Reglamento 260/2012”

El reglamento (CE) 260/2012 garantiza el establecimiento efectivo de la Zona Única y para ello fija el 1 de febrero de 2014 como fecha final de la migración a SEPA de las transferencias y adeudos domiciliados en euros. A partir de esa fecha, todas las transferencias y domiciliaciones que se realicen en España y en el resto de la zona euro serán únicamente S€PA.

Asímismo, establece una serie de requisitos técnicos y empresariales de obligado cumplimiento tanto para los usuarios (consumidores, empresas y administración) como para los proveedores de servicios de pago:

  • IBAN: Identificador único de cuenta, obligatorio a más tardar a partir de febrero 2014.
  • BIC: podrá requerirse para operaciones transfronterizas hasta 2016 y, en su caso, hasta febrero 2014 para las nacionales.
  • Igualdad de comisiones en operaciones en euros nacionales y transfronterizas (EEE)
  • El deudor deberá dar el consentimiento con carácter previo a una operación de adeudo.
  • El deudor tendrá la posibilidad de dar instrucciones a su banco para limitar o evitar que se carguen en su cuenta determinados adeudos domiciliados.
  • Se establece un nuevo formato para las empresas que inician pagos el ISO 20022 xml, frente a los modelos tradicionales de emisión de recibos.